Tabla de Contenidos
- 1 Pasos para cumplimentar la solicitud de inscripción a la oposición
- 1.1 Cuándo se publica la última convocatoria para oposiciones al CNP
- 1.2 Dónde se publica la última convocatoria para oposiciones a Policía Nacional
- 1.3 Cuál es el plazo para realizar la solicitud de inscripción a la oposición
- 1.4 Cómo realizar la solicitud de inscripción a la oposición al CNP
- 1.5 Otros supuestos para la solicitud de inscripción a la oposición a Policía Nacional
- 2 Pruebas para superar la oposición al Cuerpo Nacional de Policía 2018
- 3 Consideraciones para los opositores a Escala Ejecutiva del CNP 2016
Pasos para cumplimentar la solicitud de inscripción a la oposición
Antes de comenzar a conocer las pruebas que deberemos superar para ser considerados aptos en las oposiciones al CNP es necesario que cumplimentemos la solicitud de inscripción a la oposición, y para ayudaros en este proceso, a continuación os indicamos paso a paso cómo deberéis llevarlo a cabo.
Cuándo se publica la última convocatoria para oposiciones al CNP
La última convocatoria para la categoría de Policía generalmente se publica a lo largo del segundo trimestre de cada año.
Dónde se publica la última convocatoria para oposiciones a Policía Nacional
Dicha convocatoria será publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Cuál es el plazo para realizar la solicitud de inscripción a la oposición
Es importante realizar la solicitud dentro del plazo de presentación de instancias de cada convocatoria.
El plazo de solicitud de admisión al proceso estará activo durante 20 días a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Cómo realizar la solicitud de inscripción a la oposición al CNP
Rellenar y firmar el formulario para las oposiciones al Cuerpo Nacional de Policía
Las solicitudes se llevarán a cabo desde la página oficial de la Policía para lo cual deberemos rellenar un formulario que nos permitirá cumplimentar automáticamente el modelo 790.
Una vez hecho deberemos imprimir dicho modelo 790 por triplicado (siendo un ejemplar para el interesado, otro ejemplar para la Administración y un tercer ejemplar para la entidad colaboradora).
Seguidamente se deberá firmar la solicitud donde también autorizaremos la consulta de datos del Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia, de la Dirección General de Tráfico, y del Sistema de Verificación de datos de Identidad. No obstante también podremos manifestar nuestra voluntad expresa contraria a esta autorización en el mismo documento.
Es muy importante que tengamos en cuenta que cada impreso es único y exclusivo para cada solicitante. Esto se debe a que durante la solicitud del mismo se genera un código de barras exclusivo que identifica a cada aspirante, lo que significa que nunca realizaremos fotocopias del mismo impreso para varios solicitantes, sino que cada impreso deberá ser obtenido directamente de la página oficial.
Pago de las tasas para la oposición al CNP
Una vez rellenado y firmado el modelo 790, nos dirigiremos con las tres copias a cualquier entidad bancaria de las que figuran en la base 3.3 con el objetivo de realizar el pago de las tasas. Este pago también deberá ser realizado dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Existe la posibilidad de acceder a una bonificación del 50% de la tasa por derechos de examen, para lo cual deberemos acreditar ser miembros de familia numerosa de categoría general. Esta condición deberá acreditarse a través del título oficial que deberá ser expedido por la Comunidad Autónoma.
Las personas que acrediten ser miembro de familia numerosa de categoría especial o que puedan demostrar que son demandantes de empleo al menos desde un mes antes de la publicación de la convocatoria y sus ingresos sean inferiores al salario mínimo interprofesional podrán acogerse a la exención del pago de las tasas. En cualquier caso es imprescindible la acreditación de cualquiera de estas dos condiciones. En el caso de familia numerosa la acreditación se obtendrá en la propia Comunidad Autónoma, y en el caso de desempleo será solicitado en la oficina de servicios públicos de empleo. Para acreditar las rentas deberemos además cumplimentar una declaración jurada o promesa, para lo cual contamos con un modelo en la misma página de la Policía a la que accedimos para descargar el modelo 790.
Presentación del modelo 790
Una vez realizado el pago (y encontrándonos aún dentro del plazo) deberemos presentar el modelo en la División de Formación y Perfeccionamiento, a través de cualquier Comisaría de Policía, a través de cualquier cuartel de la Guardia Civil, a través de una oficina de Correos o utilizando cualquiera de las otras que estén referidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En este caso deberemos presentar la copia denominada «Ejemplar para la Administración» la cual estará debidamente firmada por el solicitante y contará con la validación mecánica que demuestre el pago de la tasa en el banco.
Para aquellos que quieran presentarse a las plazas reservadas a militares de tropa y marinería, será necesario acompañar el modelo 790 y siempre dentro del plazo de inscripción de un certificado que demuestre la condición de militar de tropa y marinería con una antigüedad mínima de cinco años.
Otros supuestos para la solicitud de inscripción a la oposición a Policía Nacional
Quiero presentar la solicitud desde el extranjero
También existe la posibilidad de presentar la solicitud de inscripción a la oposición desde el extranjero de acuerdo al apartado quinto de la Resolución de 9 de enero de 2002 de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, en cuyo caso será imprescindible que realicemos el pago a la cuenta:
- Título de la cuenta: Tesoro Público. Ministerio del Interior. Tasas recaudadas en el extranjero.
- Entidad: BBVA. Oficina institucional. Calle Alcalá, 16. Madrid 28014.
- Código Internacional de cuenta bancaria: IBAN ES10
- Número de Cuenta: 0182 2458 10 0200006043
Tengo problemas para realizar la inscripción a las oposiciones
Si en cualquier momento nos encontramos con algún tipo de problema durante el proceso, podremos solucionarlo directamente en cualquiera de las plantillas policiales o poniéndonos en contacto directo con el Área de procesos Selectivos de la División de Formación y Perfeccionamiento a través de los números de teléfono: 91 322 75 97 ó 91 322 75 98.
Pruebas para superar la oposición al Cuerpo Nacional de Policía 2018
Para finalizar con éxito la fase de oposición al CNP será necesario que superemos las pruebas que vamos a detallar a continuación. Cabe destacar que todas ellas son de carácter eliminatorio en base al orden que se establezca en cada convocatoria.
Pruebas de aptitud física
Deberemos llevar a cabo una serie de ejercicios físicos, los cuales serán de ejecución pública aunque cabe destacar que estará prohibida la utilización de medios audiovisuales para garantizar la intimidad y preservar la imagen de todos aquellos que intervengan.
Para poder presentarse a estas pruebas será necesario que los opositores se presenten bien vestidos con atuendo deportivo, a la vez que entregarán un certificado médico oficial al tribunal donde se demuestre que el aspirante cumple con las condiciones físicas necesarias para poder llevar a cabo las pruebas. En el caso de que cualquiera de estos dos requisitos no sea cumplido, se procederá a la exclusión del opositor de todo el proceso selectivo.
En base a criterios propios, el Tribunal tendrá la capacidad para solicitar que un determinado aspirante se someta a una serie de pruebas a través de las cuales se averiguará si ha consumido algún tipo de sustancia o grupo farmacológico de los considerados prohibidos. Se trata de una prueba de dopaje donde se intentará averiguar si el opositor ha consumido algún compuesto químico que le permita aumentar su capacidad física durante la prueba. En caso de resultar positivo se procederá a la exclusión de la prueba.
Aquellos aspirantes que ya pertenezcan al Cuerpo Nacional de Policía y estén en servicio activo los días anteriores a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, estarán exentos de la realización de las pruebas físicas.
En caso de que una opositora no pueda llevar a cabo las pruebas físicas por encontrarse embarazada o de parto, se deberá acreditar tal situación y procederá a realizar las demás pruebas, quedando condicionado el ingreso en la Escuela Nacional de Policía a la superación de las pruebas pendientes en el momento en que se establezca en la siguiente convocatoria. En el caso de que un segundo parto o embarazo impida de nuevo la presentación, se podrá posponer a una tercera convocatoria. En caso de que se repita esta o cualquier razón que hiciese que la opositora no pudiese presentarse a las pruebas, una vez transcurrida la segunda prórroga perderá el derecho a la presentación.
Esta prueba se calificará con apto o no apto, siendo necesario que se obtenga un mínimo de 20 puntos entre las cuatro pruebas.
Para conocer una descripción exhaustiva, así como información relevante y puntuación de los ejercicios a realizar para superar las pruebas de aptitud física de las oposiciones al CNP, os recomendamos que echéis un vistazo al apartado de preparación física.
Pruebas de conocimiento
También será necesario superar un total de tres ejercicios de conocimiento que serán los siguientes:
Primer ejercicio teórico
Consistirá en la realización de una prueba tipo test con un total de 100 preguntas y tres posibles respuestas de las cuales tan sólo una será la verdadera.
Este ejercicio incluirá las materias de ciencias jurídicas, sociales y técnico científicas que estén relacionadas con la función policial, y para su resolución será necesario que preparemos el temario para Policía Nacional.
Cada pregunta tendrá el valor de un punto, mientras que los errores penalizarán en función de la siguiente fórmula:
A – [E/ (n – 1)]
donde:
- A: número de aciertos.
- E: número de errores.
- n: número de alternativas de respuesta.
Tendremos un total de 50 minutos para superar este ejercicio, y en cuanto a la nota de corte, se considerará aptos a aquellos opositores que hayan obtenido las mejores puntuaciones en la convocatoria hasta cubrir el triple de las vacantes que hayan sido ofertadas. Por ejemplo, si en una oposición se pretende cubrir un total de 500 plazas, en total podrán superar esta prueba 1500 aspirantes.
No obstante todo opositor que consiga al menos 50 puntos será considerado apto.
Segundo ejercicio teórico
Se llevará a cabo un ejercicio escrito y oral en inglés o francés a nivel de bachillerato. El idioma deberá ser indicado en la solicitud para la participación en las oposiciones. En caso de no ser así, automáticamente la prueba se tendrá que realizar en inglés.
Dispondremos de 40 minutos para su realización, y se basará en la comprensión y conocimiento gramatical de un texto en uno de los dos idiomas (a elección del opositor). Posteriormente se llevará a cabo una conversación oral en el mismo idioma.
Para calcular la puntuación se realizará una media ponderada de las puntuaciones obtenidas en el apartado escrito y en el oral.
Tercer ejercicio teórico
Se resolverá por escrito uno o varios supuestos que deberán ser interrelacionados con la materia del temario, teniendo el opositor la obligación de exponer oralmente frente al tribunal en sesión pública. Dicho tribunal tendrá la capacidad para realizar preguntas o solicitar aclaraciones que considere pertinentes para poder constatar los conocimientos adquiridos.
Para la realización del ejercicio escrito se dispondrá de 90 minutos, mientras que para el ejercicio de lectura y preguntas, el tiempo máximo será de 20 minutos.
Los tres ejercicios serán calificados de 0 a 10, y en cualquier caso, para resultar apto será necesario haber obtenido al menos cinco puntos en cada uno de ellos. Seguidamente se procederá a realizar una media ponderada entre los tres que será la que defina la puntuación final de esta prueba de conocimiento.
Prueba psicotécnica
La prueba psicotécnica estará formada por dos partes que son las siguientes:
Primera parte de la prueba psicotécnica
Consiste en la realización de una serie de test psicotécnicos a través de los cuales se determinarán las aptitudes del opositor para el desempeño de la función policial en función de la categoría a la que aspira.
La calificación de esta primera parte será apto o no apto.
Segunda parte de la prueba psicotécnica
Entrevista personal para la cual se completará un cuestionario de información biográfica así como un test de personalidad.
Una vez obtenidos los resultados se analizará la capacidad de socialización, motivación, comunicación, rasgos clínicos y de personalidad, cualidades profesionales y aptitud de mando de cada uno de los aspirantes.
La calificación de esta segunda parte será apto o no apto.
Reconocimiento médico
Se realizará un reconocimiento médico a través del cual se comprobará que los aspirantes no padezcan ninguna de las consideradas exclusiones médicas. No obstante, aquellos que ya pertenezcan al Cuerpo Nacional de Policía y se encuentren de alta en el servicio a la fecha de finalización del plazo de solicitudes, estarán exentos de presentarse a dicho reconocimiento.
En estas pruebas se realizará analítica de sangre y orina así como otras técnicas médicas convencionales que sean consideradas oportunas.
Al igual que en los casos anteriores, la calificación del reconocimiento médico se resolverá con apto o no apto.
Ejercicio voluntario de idiomas
Finalmente existe un ejercicio con carácter voluntario donde el opositor podrá demostrar su conocimiento en relación a los idiomas inglés o francés. El nivel exigido es el de bachillerato, sin que el opositor pueda optar por el elegido para el ejercicio obligatorio de idiomas.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 3 puntos, puntuación que será sumada a la final obtenida en la oposición (siempre y cuando se haya superado) a efectos de mejorar la nota final.
Consideraciones para los opositores a Escala Ejecutiva del CNP 2016
Consumo de sustancias tóxicas
De forma independiente a la prueba de reconocimiento médico, los aspirantes podrán ser solicitados durante cualquier momento de la fase del proceso selectivo para que faciliten una muestra de sangre u orina o cualquier otro que se estime conveniente con el objetivo de detectar el posible consumo de drogas tóxicas, psicotrópicos o estupefacientes. En el caso de negación, se llevará a cabo una audiencia con el interesado y posteriormente se procederá a la exclusión del proceso.
Servicios prestados como funcionario del Cuerpo Nacional de Policía
Este servicio será considerado como mérito para aquellos que accedan por el sistema de oposición libre a la Escala Ejecutiva del Cuerpo Nacional de Policía. Recomendamos ver el apartado de escalas y categorías.
Se valorará el tiempo de servicio con una puntuación que variará en función de los siguientes datos, siendo sumado el resultado a la nota final obtenida en las pruebas realizadas:
- 0,20 puntos por cada año de servicio en la categoría de Policía
- 0,30 puntos por cada año de servicio en la categoría de Oficial de Policía
- 0,40 puntos por cada año de servicio en la categoría de Subinspector
Si se da el caso de que en un mismo año el opositor haya ostentado dos categorías, en cualquier caso siempre se tendrá en cuenta la de mayor puntuación.
Servicios prestados en las Fuerzas Armadas
Los servicios prestados en las Fuerzas Armadas también serán considerados como mérito para el ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía. Se tendrá en cuenta el tiempo de servicio como militar de complemento, como militar profesional de tropa o marinería, y el tiempo como reservista voluntario en función de la siguiente tabla:
- De 0,15 a 1,5 puntos por cada año de servicio como militar de complemento, profesional de tropa o marinería o reservista voluntario.
A su vez también se tendrá en cuenta el puesto que ha sido desempeñado, en función del cual se sumarán las puntuaciones de la siguiente tabla:
- Cabo: 0,10
- Cabo 1º: 0,15
- Cabo Mayor: 0,20
- Sargento: 0,25
- Alférez: 0,30
- Teniente: 0,40
- Capitán: 0,50
A los efectos de esta puntuación, únicamente se tendrá en cuenta el empleo máximo alcanzado, no considerándose aquellos ostentados para la consecución de aquél.En cualquier caso es importante tener en cuenta que la puntuación se referirá al empleo máximo alcanzado, es decir, no se considerará el resto de empleos ejercidos con el objetivo de conseguir el último ascenso.
Una vez obtenida la nota final de las oposiciones, esta puntuación se sumará a la misma.
Deportistas de alto nivel
Los deportistas de alto nivel obtendrán méritos en función del tiempo que hayan ostentado esta condición siempre dentro de los últimos cinco años desde la fecha de publicación de la convocatoria.
La puntuación variará en función del grupo en el que hayan sido incluidos:
- Grupo A: 0,35 puntos.
- Grupo B: 0,25 puntos.
- Grupo C: 0,20 puntos.
Una vez obtenida la nota final de las oposiciones, esta puntuación se sumará a la misma.
Clasificación final de la fase de oposición
La calificación final de la oposición será determinada en función de la puntuación que haya sido obtenida en las pruebas más el añadido por los servicios prestados en el caso de haber sido previamente funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, Fuerzas Armadas o haber sido inscrito como deportista de alto nivel.
La puntuación final de la fase de oposición ordenada de mayor a menor determinará el número de orden obtenido en dicha fase.
En el caso de que exista igualdad de puntuaciones, el orden será determinado en función de la mayor puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios de las pruebas de conocimiento y en el mismo orden en que se relacionan.
Cursos de formación
Una vez que el opositor supera la fase de la oposición será nombrado Inspector Alumno por el Director General de la Policía,, de forma que se incorporarán a la Escuela Nacional de Policía, dentro de la División de Formación y Perfeccionamiento.
Una vez se encuentren en el centro, los aspirantes deberán realizar dos cursos académicos ordinarios de carácter selectivo.
- Primer curso de formación: el primer curso estará orientado a la formación profesional y no se podrá repetir en ningún caso.
- Segundo curso de formación: el segundo curso será de formación específica para cada una de las áreas policiales, pudiendo repetirse una única vez en la siguiente convocatoria que se celebre.
Para poder superar ambos cursos será imprescindible que el alumno apruebe todas y cada una de las asignaturas, las cuales serán calificadas de 0 a 10 puntos, estableciéndose el aprobado en 5 puntos.
Aquellos que no consigan superar el curso causarán baja en la Escuela Nacional de Policía. De igual forma, la no incorporación a la Escuela Nacional de Policía, siempre y cuando no sea justificada y aceptada, llevará aparejada la expulsión del proceso.
Aquellas aspirantes que se encuentren embarazadas o dentro del periodo de lactancia y que no se puedan incorporar debido a que determinadas prácticas pudiesen poner en peligro la salud de la madre o del feto, se concederá un aplazamiento hasta la siguiente convocatoria.
A su vez existen exclusiones durante los cursos de formación, las cuales son:
- Exclusiones médicas: aun habiendo ingresado en la Escuela Nacional de Policía, aquellos alumnos que presenten cualquiera de las causas indicadas en el cuadro de exclusiones médicas se someterán a un examen médico llevado a cabo por un tribunal que estará formado por tres facultativos que habrán sido nombrados por el Director General de la Policía. Una vez exista dictamen médico, será responsabilidad del Director General de la Policía acordar o no la separación definitiva del afectado, decisión que se habrá de soportar en función de la gravedad de la enfermedad o defecto físico del aspirante.
- Condenados y separados de otros Cuerpos: serán excluidos aquellos aspirantes que hayan sido condenados por delito doloso o separados de otros Cuerpos de las Administraciones Públicas por actos que hubiesen sido cometidos tanto antes como después de la admisión en la oposición.
Periodo de prácticas
Los alumnos que aprueben los cursos de formación estarán obligados a realizar un módulo de formación práctica en el puesto de trabajo que sea determinado por parte de la Dirección General de la Policía, siendo esto necesario para la obtención del nivel de profesionalización requerido para la categoría a la que se aspira a ingresar.
Durante el periodo de prácticas serán valorados distintos rasgos personales como la dedicación, la responsabilidad, la integridad, la disciplina, la decisión, la corrección, la integridad y el espíritu de equipo, obteniendo cada uno de ellos una calificación entre 0 y 10 puntos, siendo imprescindible alcanzar al menos 5 puntos en cada uno de ellos para conseguir aprobar las prácticas.
El módulo de prácticas no se podrá repetir salvo causas involuntarias que hayan sido debidamente justificadas, lo cual implicará la exclusión definitiva del proceso selectivo.
No incorporación al módulo de prácticas
Si existe causa razonada por la que el aspirante no se incorpora al módulo de prácticas, será imprescindible que lo realice tan pronto como desaparezcan dichas circunstancias.
En el caso de mujeres aspirantes que se encuentren en estado de gestación o lactancia y las prácticas puedan suponer un peligro para ella o para el feto, se solicitará un informa sanitario tras el cual se concederá un aplazamiento hasta la siguiente convocatoria, una vez hayan desaparecido las circunstancias.
En estos casos, el escalafonamiento tendrá lugar en su promoción y en el orden que le hubiera correspondido de acuerdo con la puntuación obtenida.